Procedimiento 98/34

2008, Junio, 9 at 7:24 am | In Fuentes, Legislación, lectura recomendada | Leave a Comment
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Aunque está fuera del alcance de ALyCie, es ilustrativo el proyecto de decreto de la Comunidad de Madrid, no tanto por lo que dice, si no por el procedimiento que sigue para su comunicación a la Comisión Europea, que dicho sea de paso, es el correcto para éste tipo de normas técnicas.

PROYECTO de Decreto, del Consejo de Gobierno [CdM] por el que se regulan las condiciones higiénico sanitarias de las piscina y centros hidrotermales de uso colectivo en la Comunidad de Madrid.

La utilidad de éste procedimiento de notificación, está en:

a) Que se traduce a casi todas las lenguas de la comunidad europea
b) Que se abre un plazo, para presentar objeciones, aunque, si no se hace con abogados en Bruselas, sirven de poco, lo digo por experiencia propia.
c) Que se anuncia un proyecto de norma entre tres y seis meses antes de su aprobación y
d) Que puede ser enmendado o rechazado durante el procedimiento.

Favorece la libre circulación de bienes y servicios dentro del Mercado Común, de acuerdo al Reglamento (CE) 2679/98, del Consejo de 7 de diciembre de 1998 sobre el funcionamiento del mercado interior en relación con la libre circulación de mercancías entre los Estados miembros

(2000/C 23/03) Lista de autoridades sujetas a la obligación de notificar los proyectos de reglamentos técnicos (además de los Gobiernos centrales de los Estados miembros) (punto 11 del artículo 1 de la Directiva 98/34/CE) — Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información. Texto pertinente a efectos del EEE* :

ESPAÑA: Comunidades autónomas (17)

Por si acaso, deciden repetir la lista: Lista de las autoridades obligadas (2006/C 127/07)

Para los mas puristas, que exigen la transposición al derecho nacional, les recuerdo que la norma fue transpuesta mediante el Real Decreto 1337/1999, y su corrección de errores y la Orden PRE/3278/2007, por la que se citan a los Organismos Nacionales de Normalización, a los que se le atribuyen ciertas competencias técnicas y de normalización.

En ALyCie, no se citará la normativa autónoma que no haya pasado por éste procedimiento.

* EEE, es el Espacio Económico Europeo, incluye, Noruega, Islandia, Suiza y Turquía.

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